El TEAC modifica su criterio en relación con el devengo de intereses de demora por la Administración Tributaria con ocasión de la superación del plazo del procedimiento económico-administrativo, siendo indiferente que la deuda estuviera suspendida como que hubiera sido ingresada con anterioridad

Recientemente se ha pronunciado el Tribunal Económico-Administrativo Central en resolución número 1.373 de 21 de diciembre de 2.022, al objeto de dar respuesta a la cuestión de si, en aquellos procedimientos en los que se hubiera ingresado la deuda con anterioridad al momento de la interposición de la Reclamación Económico-Administrativa, se produce el cese en…